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logo importanteSe ha recibido la Resolución definitiva de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional por la que se conceden las becas de carácter general para el curso académico 2022/2023, publicada en la página web del Ministerio de Educación y Formación Profesional el pasado 03 de abril de 2023. Esta ha quedado expuesta en los tablones de anuncio del Centro y en la página web para que sea accesible a todos los alumnos y alumnas interesados.

Los listados de becarios se encuentran publicados para consulta, desglosados por provincias y en orden alfabético, en la página web del Ministerio de Educación en el siguiente enlace https://www.becaseducacion.gob.es/novedades.html

Esta resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Secretaria de Estado en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en la página web del Ministerio de Educación y Formación Profesional (comienza el 04 de abril de 2023 y finaliza el 03 de mayo de 2023); dicho recurso debe presentarse en registro oficial o en oficina de CORREOS en sobre abierto, como correo administrativo y se dirigirá al órgano que tramitó la solicitud de beca, es decir a esta Delegación Provincial - Unidad de Becas, para ello podrá utilizar el modelo adjunto o descargarlo en la siguiente dirección: https://www.becaseducacion.gob.es/normativa/c/documentacion.html

Asímismo se facilita un archivo con algunos consejos para presentar el recurso de reposición

Además, la resolución definitiva podrá ser impugnada ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, conforme a lo establecido en los artículos 11.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y en el artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio.

Adjuntamos archivo denominado “compendio por centros” con el listado de los alumnos beneficiarios de las ayudas, a fin de que cuando finalice el curso escolar nos confirmen el cumplimiento de la finalidad de los mismos, tal y como se establece en el artículo 43 de la convocatoria; les recordamos lo más importante competencia de su Centro al emitir el certificado:

Con el fin de valorar adecuadamente el mantenimiento de  las ayudas concedidas, deberán remitirnos el cumplimiento de los anteriores requisitos preferentemente a través de esta dirección de correo electrónico, conforme indica el artículo  43.3 de la convocatoria: “Las secretarías de los centros docentes comunicarán, tan pronto como les sea requerido por las comisiones de selección de becarios correspondientes el nombre, apellidos y demás datos identificativos que se requieran de los becarios incursos en cualquiera de las situaciones a que se refiere el punto anterior”.