Asunto: BECAS EDUCACION ESPECIAL 2023-2024; CONVOCATORIA AYUDAS PARA ALUMNOS CON NECESIDAD ESPECIFICA DE APOYO EDUCATIVO

FAMILIAS

Se adjunta: CONVOCATORIA, RESOLUCION BOE, E INSTRUCCIONES.

El plazo de presentación de solicitudes comienza el 08 de mayo y se extenderá hasta el 20 de septiembre de 2023 inclusive (art. 10.3).

Las solicitudes deberán cumplimentarse por los interesados, mediante el formulario accesible por Internet en la dirección www.educacionyfp.gob.es o a través de la sede electrónica del MEYFP en la dirección https://sede.educacion.gob.es. Como ya conocen, se genera una solicitud en PDF que los familiares o interesados deben imprimir y presentar en el Centro Educativo, a fin de que sea recepcionada (registrada dentro del plazo establecido) y se cumplimenten los datos solicitados al Centro

Beneficiarios:

  • Alumnos con discapacidad de al menos el 33%.
  • TDAH Tiene que estar asociado a discapacidad de al menos el 33% o Trastorno GRAVE de conducta.
  • Trastorno GRAVE de conducta.
  • TEA
  • Trastorno Grave de la Comunicación y del lenguaje.
  • Altas capacidades.

En el caso de que los alumnos autoricen a los centros educativos a cobrar en la cuenta del centro, deberá solicitarse el certificado de titularidad de la cuenta que, tal y como viene estableciendo la convocatoria, debe corresponder al colegio en el que el alumno está matriculado. 

INFORMACIÓN ADICIONAL QUE DEBE ADJUNTARSE EN FUNCIÓN DEL TIPO DE SOLICITUD

  • Las solicitudes que remitan para su tramitación deben adjuntar la siguiente documentación:
  • Alumnos con discapacidad reconocida.- Copia de la tarjeta de discapacidad.
  • Alumnos Sin discapacidad reconocida.- Diagnóstico médico.
  • Familia numerosa.- Copia del título de familia numerosa.
  • Todas la becas tienen que venir acompañadas de copia de la cuenta bancaria en la que el alumno sea titular o cotitular.

NOVEDAD.- La convocatoria del próximo curso 2023/2024 establece una ayuda para gastos adicionales de carácter general por importe de 400€. Ésta se concederá automáticamente cuando se notifique la concesión a los interesados por lo que las familias y los centros educativos tienen que rellenar las solicitudes como siempre sin necesidad de realizar ningún trámite adicional.