Secretaría
TRÁMITES DE FORMACIÓN PROFESIONAL:
ANULACIÓN DE MATRÍCULA
A. PROCEDIMIENTO:
La renuncia a matrícula supondrá causar baja en TODOS los módulos profesionales en que esté matriculado el alumno y por consiguiente no será evaluado en ninguna de las convocatorias correspondientes al curso. El alumno perderá el derecho de reserva de plaza, por lo que si desea continuar en el futuro dichos estudios, deberá concurrir de nuevo al procedimiento general de admisión establecido. Se podrá conceder un máximo de dos anulaciones.
B. SOLICITUD:
Presencialmente en la secretaría del centro en horario de atención al público o al correo electrónico secretaria@riberadeltajo.es adjuntando copia de su DNI, NIE, pasaporte o documento oficial que acredite su identidad por ambas caras, cumplimentando y firmando el ANEXO IV que se indica:
C. PLAZO DE SOLICITUD:
Antes de la primera convocatoria ordinaria.
Secretaría: Anexo_IV_Solicitud_Anulacion_Matricula-HASTA 30 ABRIL
D. RESOLUCIÓN:
La resolución aceptando o denegando la anulación de matrícula será comunicada al alumno a través de la plataforma EducamosCLM.
E. (*) ANULACIÓN DE OFICIO:
DE MATRÍCULA DEL ALUMNADO DE CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL EN LAS MODALIDADES PRESENCIAL Y E-LEARNING QUE NO SIGUEN CON REGULARIDAD LAS ACTIVIDADES PROGRAMADAS EN CADA MODALIDAD, ASÍ COMO A ADMITIR A NUEVO ALUMNADO.
SOLICITUD DE ANULACIÓN DE DETERMINADOS MÓDULOS (OFERTA MODULAR)
A. PROCEDIMIENTO:
Los alumnos matriculados en oferta modular, tanto presencial como e-learning, podrán renunciar a algunos módulos en los que estén matriculados.
B. MODO DE PRESENTACIÓN:
Presencialmente en la secretaría del centro en horario de atención al público o al correo electrónico secretaria@riberadeltajo.es adjuntando copia de su DNI, NIE, pasaporte o documento oficial que acredite su identidad por ambas caras, cumplimentando y firmando el ANEXO XX que se indica:
Secretaría: Anexo_XX_Solicitud_Anulacion_Matricula_Determinados_Modulos-ANTES FINAL 1T
C. PLAZO DE SOLICITUD:
Antes de la finalización del primer trimestre del curso.
D. RESOLUCIÓN:
La resolución aceptando o denegando la anulación de matrícula será comunicada al alumno a través de la plataforma EducamosCLM.
RENUNCIA A CONVOCATORIA DE MÓDULOS
A – PROCEDIMIENTO:
A fin de no agotar las convocatorias ordinarias previstas para cada módulo profesional, el alumnado podrá renunciar a la evaluación y calificación de la primera de las convocatorias anuales de todos o algunos de los módulos profesionales del ciclo formativo en el que haya formalizado la matrícula, siempre que concurra alguna de las siguientes condiciones, que deberán acreditarse documentalmente:
• Enfermedad prolongada o accidente del alumno.
• Obligaciones de tipo personal o familiar que impidan la normal dedicación al estudio.
• Otras circunstancias extraordinarias apreciadas por la Dirección del centro donde curse el ciclo formativo.
B – MODO DE PRESENTACIÓN:
Presencialmente en la secretaría del centro en horario de atención al público o al correo electrónico secretaria@riberadeltajo.es adjuntando copia de su DNI, NIE, pasaporte o documento oficial que acredite su identidad por ambas caras, cumplimentando y firmando el ANEXO III que se indica junto con una declaración responsable (expone-solicita):
Secretaría: Anexo_III_Solicitud_Renuncia_a_convocatoria
C – PLAZO DE SOLICITUD:
Con antelación a la evaluación ordinaria de los módulos profesionales para los que solicita la renuncia.
D – RESOLUCIÓN:
La resolución aceptando o denegando la anulación de matrícula será comunicada al alumno a través de la plataforma EducamosCLM.
SOLICITUD CONVOCATORIA EXTRAORDINARIA
A – PROCEDIMIENTO:
Para los módulos profesionales con cuatro convocatorias ordinarias, una vez agotadas las mismas, se podrán conceder un máximo de dos convocatorias extraordinarias cuando concurran causas de enfermedad, discapacidad, accidente, atención a familiares u otras que condicionen o impidan el desarrollo ordinario de los estudios.
B – Solicitud:
La solicitud de la convocatoria extraordinaria, se presentará según modelo Anexo II, acompañada de los documentos que acrediten la concurrencia de alguna de las circunstancias señaladas y adjuntando una declaración responsable (expone-solicita):
Secretaría: anexo_II Solicitud convocatoria extraordinaria
C – Plazo de solicitud:
Presencialmente en la secretaría del centro en horario de atención al público o al correo electrónico secretaria@riberadeltajo.es adjuntando copia de su DNI, NIE, pasaporte o documento oficial que acredite su identidad por ambas caras.
D – Resolución:
El director del centro resolverá dicha solicitud en un plazo de 15 días desde su recepción, debiendo comunicarlo a las personas interesadas a través de la plataforma EducamosCLM.
SOLICITUD DE SIMULTANEIDAD DE ESTUDIOS
A – Procedimiento:
El alumnado que se encuentre matriculado en alguna de las enseñanzas que contempla esta Resolución y desee simultanear otros estudios o enseñanzas podrá hacerlo siempre que se cumplan las siguientes condiciones:
- Que el alumno o alumna cumpla con los requisitos generales de acceso o titulación que las enseñanzas objeto de simultaneidad precisen en su normativa vigente.
- Que queden plazas vacantes en la enseñanza objeto de simultaneidad tras el proceso de admisión y matriculación de alumnos y alumnas, incluida la gestión de las listas de espera, en el centro donde se solicita la simultaneidad.
- Que se puedan compaginar los horarios de ambos estudios o enseñanzas, en el caso de que sean cursados en régimen presencial.
Un alumno o alumna podrá estar matriculado, como máximo, en dos estudios o enseñanzas de las citadas en el artículo 1 de la presente Resolución, siempre y cuando la suma horaria total de las dos matrículas no supere el 125% del curso completo con mayor carga horaria.
B – Solicitud:
La solicitud de simultaneidad se efectuará mediante instancia dirigida al director o directora del centro según el Anexo Solicitud de Simultaneidad.
Secretaría: Solicitud Simultaneidad Estudios
C – Plazo:
Durante los treinta días naturales posteriores al último periodo de matriculación de los estudios objeto de simultaneidad.
A la solicitud se adjuntará:
- Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad, Tarjeta de residencia, Pasaporte o cualquier otro documento identificativo oficial en vigor.
- Una copia de la matrícula de los estudios en los que está matriculado.
D – Resolución:
El centro educativo resolverá las solicitudes de simultaneidad, estimando las que cumplan los requisitos establecidos en la presente Resolución y desestimando el resto. Además, deberá notificar la resolución al interesado en un plazo máximo de diez días hábiles desde la entrega de dicha solicitud. Todos los solicitantes autorizados para simultanear estudios deberán matricularse en el centro en los cinco días lectivos siguientes desde la recepción de la notificación.
EXENCIÓN DE FCT
A – PROCEDIMIENTO:
Podrá determinarse la exención total o parcial del módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo por su correspondencia con la experiencia laboral siempre que se acredite su relación con los estudios profesionales respectivos y haya tenido una duración, como mínimo, de un año a tiempo completo.
B – SOLICITUD:
Los alumnos deberán presentar una solicitud de exención del módulo según el modelo Anexo XI, acompañada de los documentos que acrediten la concurrencia de alguna de las circunstancias señaladas.
La experiencia laboral a que se refiere el apartado anterior se acreditará mediante:
- Certificación de la empresa donde haya adquirido la experiencia laboral, en la que conste específicamente la duración del contrato, la actividad desarrollada y el periodo de tiempo en el que se ha desarrollado dicha actividad.
- Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social o de la mutualidad laboral a la que estuviera afiliado, donde conste la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el período de contratación, o en su caso el período de cotización en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
- En caso de trabajadores por cuenta propia, se exigirá la certificación de alta en el censo de obligados tributarios, así como una declaración del interesado de las actividades más representativas.
- Para trabajadores o trabajadoras voluntarios o becarios, certificación de la organización donde se haya prestado la asistencia en la que consten, específicamente, las actividades y funciones realizadas, el año en el que se han realizado y el número total de horas dedicadas a las mismas.
Secretaría: Anexo XI solicitud exención FCT
C – PLAZO DE SOLICITUD:
Los alumnos deberán presentar la solicitud de exención del módulo con una antelación mínima de 15 días al comienzo del periodo de realización del módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo.
D – RESOLUCIÓN:
Las exenciones serán reconocidas por la Dirección del centro mediante modelo Resolución de exención de la FCT con la práctica laboral y se comunicará a través de la plataforma de EducamosCLM.
CONVALIDACIONES Y EXENCIONES FP
Convalidación de módulos profesionales de Formación Profesional
https://www.todofp.es/convalidaciones-equivalencias-homologaciones/convalidaciones.html
Equipo Directivo
Director
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Jefe de Estudios
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Secretario
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Profesorado del Centro
Madres / Padres / Tutores
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